lunes, 29 de febrero de 2016

Actividad 7 "Avances de México, ante la Ecologia ( legal, economico y cultural) "

Actividad 7 
 "Avances de México, ante la Ecologia ( legal, económico y cultural) "
A través de los años, poco a poco nos hemos dado cuenta que hay temas que se han convertido en un escaso tiempo en un bum cultural, económico y legal, por ejemplo el término “Ecología” y todo lo que conlleva, ciertamente desde hace 45 años en México se ha ido creando un espacio para este tema, se ha querido hacer conciencia social, teniendo muy pocos resultados en un principio era tener a personas a nivel licenciatura estudiando “Ecología” después fue educar a los niños respecto a este tema, ver las consecuencias de llevar esta vida tan acelerada, y crear las leyes adecuadas para frenar este desgaste que generación tras generación va creciendo.
La Sociedad Científica Mexicana de Ecología se fundó en 2005 con 196 miembros y cuenta hoy con alrededor de mil. Hay ecólogos que han sido secretarias de estado, subsecretarios y directores de organismos federales desconcentrados. Pero la moneda tiene otra cara: en el país persiste un contexto de deterioro ambiental, con tasas de deforestación cercanas al 1% anual, y tasas de degradación casi imposibles de medir, pero documentadas anecdóticamente como prevalentes en mucho del territorio. Incluso en términos de las tan llevadas y traídas publicaciones internacionales, el estallido numérico que se tuvo las dos décadas pasadas parece haberse estabilizado, como se muestra en esta figura con datos del Web of Science donde realicé una búsqueda de artículos en revistas internacionales en los temas "biodiversity" y "ecology" publicados por investigadores que ponen a México como su país. Incluso usando estos dos temas como un mero índice que subestima probablemente el total de artículos publicados, pareciera evidente que se ha alcanzado un estado estacionario.
Legal
Resultado de la reacción humana y social ante la problemática ambiental, se construyó una disciplina a la que se le ha denominado Derecho Ambiental, Derecho del Ambiente, Derecho Ecológico y Derecho del Entorno, que son las voces más comunes para nombrar al ordenamiento jurídico ambiental. Cuyo objeto del es regular las conductas humanas y fenómenos para perpetuar la vida y asegurar la continuidad de los procesos naturales. Aunque es demasiado joven, no tardará mucho en alcanzar su autonomía plena  puesto que constituye la expresión jurídico-formal moderna de un hecho tan antiguo como la propia aparición del hombre sobre la tierra, las relaciones hombre-sociedad-naturaleza, en las que no es posible concebir una existencia humana al margen de la naturaleza, o en eterno conflicto con ella.
Derecho Ambiental. El conjunto de normas internacionales que regulan solamente un aspecto de los problemas humanos con el medio ambiente, que es el aspecto de la contaminación en las diferentes zonas o áreas de espacio con las que el ser humano tiene contacto o en las que tiene interés actual o potencial.
Es necesario orientar las conductas individuales y sociales para evitar, en lo posible, las perturbaciones al medio ambiente que van en contra de la lógica ecológica-natural. La protección del ambiente ha sido precisada como el conjunto de medidas de toda índole para la preservación de los bienes ambientales, o en su caso, el restablecimiento del orden ecológico violado a consecuencia de una agresión al mismo.
En la actualidad el Derecho Ecológico “cae sustancialmente dentro del Derecho Administrativo” que al mismo tiempo es una rama del Derecho Público
Este Derecho Ecológico, constituyen una nueva rama jurídica que ha tenido un significado muy especial: la consagración de las normas jurídicas, reglas e instituciones para la conservación del medio natural y el establecimiento de nuevas relaciones sociedad-naturaleza.
Dentro de la división clásica entre Derecho Público y Derecho Privado, el Derecho Ambiental se ubica en el primero, aunque pueden converger disposiciones de otra naturaleza en razón de su propio objetivo. Así, la legislación privada no queda excluida tanto en lo que hace a relaciones de vecindad de suma trascendencia en la materia, como a la posible reclamación de compensaciones y reparaciones en caso de daños producidos al entorno.
Los componentes principales de la gestión ambiental son: la política, el derecho y la administración ambiental. En consecuencia no sólo comprenden acciones materiales para la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente, sino también una adecuada planeación, regulación y organización de toda la materia ambiental, esto es, la gestión ambiental supone un conjunto de actos normativos y materiales que buscan una ordenación del ambiente, que van desde la formulación de la política ambiental hasta la realización de acciones materiales que garanticen el propósito general.
Internacionalmente México ha sobresalido en cuanto a los principios del Derecho Internacional y los compromisos adquiridos en materia ambiental dentro del marco de respeto a la soberanía nacional siendo lo más beneficiado los recursos naturales y el medio ambiente.
Derecho Ambiental. El conjunto de normas internacionales que regulan solamente un aspecto de los problemas humanos con el medio ambiente, que es el aspecto de la contaminación en las diferentes zonas o áreas de espacio con las que el ser humano tiene contacto o en las que tiene interés actual o potencial.
Economía
La crisis ambiental es la relación entre economía y ecología, entendiendo y relacionando estos dos conceptos, se puede dar solución a los problemas ecológicos que se viven hoy en día. La Conferencia de Río decidió integrar estos términos en uno que intentaba resolver los posibles conflictos instaurando el "desarrollo sostenible".
Este movimiento pretende armonizar el crecimiento económico con la salud ambiental y la estabilidad ecológica en forma permanente así como encontrar la forma de lograrlo y, más allá, establecerlo, institucionalizarlo. Nadie ha encontrado aún esa forma de convivencia o de crecimiento económico o de manejo de recursos naturales. En una visión de largo plazo, la economía y la ecología van necesariamente de la mano. A  corto plazo hay acciones pro-sostenibilidad que son económicamente convenientes. Para la transición a la sostenibilidad, hay que aprovechar estas y transformar radicalmente (de raíz) el resto.
Es importante que el proceso primario de producción quede esencialmente igual, pero haciéndolo más eficiente y modificando partes secundarias para disminuir la contaminación y los insumos. De lo anterior, es relativamente fácil y barato aplicar el concepto de producción más limpia a un proceso industrial, al mismo tiempo que mejoramos la economía de la empresa.

Cultural
Constitucionalmente se estipula que todos los Mexicanos tenemos el derecho a la educación, asi como a un lugar digno para vivir, partiendo de estos derechos se debe de estudiar los elementos naturales y la preservación y restauración de los equilibrios ecológicos para poder tomar acciones legales o de responsabilidad, y hacer conciencia de la necesidad de un aprovechamiento racional de los recursos naturales contribuyendo así a la protección del medio ambiente.
La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección del Ambiente (LGEEPA) cita que se debe contribuir a que la educación se constituya como un medio para elevar la conciencia ecológica de la población, consolidando esquemas de comunicación que fomenten la iniciativa comunitaria. También se debe promover la incorporación de contenidos ecológicos en los diversos ciclos educativos, especialmente en el nivel básico, así como la formación cultural de la niñez y la juventud. Debe motivarse a que se desarrollen planes y programas para la formación de especialistas en la materia en todo el territorio nacional y para la investigación de las causas y efectos de los fenómenos ambientales. Se debe fomentar investigaciones científicas y promoción de programas que permitan abatir la contaminación, propiciar el aprovechamiento racional de los recursos y proteger los ecosistemas. Se deben plantear la posibilidad de establecer convenios para la realización de estudios e investigaciones en las áreas relacionadas con la protección ambiental y el necesario impulso al fortalecimiento de la conciencia ecológica (LGEEPA, 1988).
Todas las leyes y reformas incitan a un desarrollo sustentable, pero más que eso, a un uso consiente de los recursos naturales, y no es por pensar en futuras generaciones, sino pensando en los cambios climáticos y demás que ya estamos viviendo.


3 comentarios:

  1. Excelente reseña de la participación y acciones de México en el ámbito ecológico, me gustó tu información.

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  2. la investigación es muy completa, nos ayuda al entendimiento de lo que abarca en México con cuestiones ecológicas

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  3. Muy buena informacion con los datos necesarios y bien resumida.

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