Actividad 7
"Avances de México, ante la Ecologia ( legal, económico y cultural) "
A través de los años, poco a poco
nos hemos dado cuenta que hay temas que se han convertido en un escaso tiempo
en un bum cultural, económico y legal, por ejemplo el término “Ecología” y todo
lo que conlleva, ciertamente desde hace 45 años en México se ha ido creando un
espacio para este tema, se ha querido hacer conciencia social, teniendo muy
pocos resultados en un principio era tener a personas a nivel licenciatura
estudiando “Ecología” después fue educar a los niños respecto a este tema, ver
las consecuencias de llevar esta vida tan acelerada, y crear las leyes
adecuadas para frenar este desgaste que generación tras generación va
creciendo.
La Sociedad Científica Mexicana
de Ecología se fundó en 2005 con 196 miembros y cuenta hoy con alrededor de
mil. Hay ecólogos que han sido secretarias de estado, subsecretarios y
directores de organismos federales desconcentrados. Pero la moneda tiene otra
cara: en el país persiste un contexto de deterioro ambiental, con tasas de
deforestación cercanas al 1% anual, y tasas de degradación casi imposibles de
medir, pero documentadas anecdóticamente como prevalentes en mucho del
territorio. Incluso en términos de las tan llevadas y traídas publicaciones
internacionales, el estallido numérico que se tuvo las dos décadas pasadas
parece haberse estabilizado, como se muestra en esta figura con datos del Web
of Science donde realicé una búsqueda de artículos en revistas internacionales
en los temas "biodiversity" y "ecology" publicados por
investigadores que ponen a México como su país. Incluso usando estos dos temas
como un mero índice que subestima probablemente el total de artículos
publicados, pareciera evidente que se ha alcanzado un estado estacionario.
Legal
Resultado de la reacción humana y
social ante la problemática ambiental, se construyó una disciplina a la que se
le ha denominado Derecho Ambiental, Derecho del Ambiente, Derecho Ecológico y
Derecho del Entorno, que son las voces más comunes para nombrar al ordenamiento
jurídico ambiental. Cuyo objeto del es regular las conductas humanas y
fenómenos para perpetuar la vida y asegurar la continuidad de los procesos
naturales. Aunque es demasiado joven, no tardará mucho en alcanzar su autonomía
plena puesto que constituye la expresión
jurídico-formal moderna de un hecho tan antiguo como la propia aparición del
hombre sobre la tierra, las relaciones hombre-sociedad-naturaleza, en las que
no es posible concebir una existencia humana al margen de la naturaleza, o en
eterno conflicto con ella.
Derecho Ambiental. El conjunto de
normas internacionales que regulan solamente un aspecto de los problemas
humanos con el medio ambiente, que es el aspecto de la contaminación en las
diferentes zonas o áreas de espacio con las que el ser humano tiene contacto o
en las que tiene interés actual o potencial.
Es necesario orientar las
conductas individuales y sociales para evitar, en lo posible, las
perturbaciones al medio ambiente que van en contra de la lógica ecológica-natural.
La protección del ambiente ha sido precisada como el conjunto de medidas de
toda índole para la preservación de los bienes ambientales, o en su caso, el
restablecimiento del orden ecológico violado a consecuencia de una agresión al
mismo.
En la actualidad el Derecho
Ecológico “cae sustancialmente dentro del Derecho Administrativo” que al mismo
tiempo es una rama del Derecho Público
Este Derecho Ecológico,
constituyen una nueva rama jurídica que ha tenido un significado muy especial:
la consagración de las normas jurídicas, reglas e instituciones para la
conservación del medio natural y el establecimiento de nuevas relaciones
sociedad-naturaleza.
Dentro de la división clásica
entre Derecho Público y Derecho Privado, el Derecho Ambiental se ubica en el
primero, aunque pueden converger disposiciones de otra naturaleza en razón de
su propio objetivo. Así, la legislación privada no queda excluida tanto en lo
que hace a relaciones de vecindad de suma trascendencia en la materia, como a
la posible reclamación de compensaciones y reparaciones en caso de daños
producidos al entorno.
Los componentes principales de la
gestión ambiental son: la política, el derecho y la administración ambiental.
En consecuencia no sólo comprenden acciones materiales para la preservación y
restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente, sino también
una adecuada planeación, regulación y organización de toda la materia
ambiental, esto es, la gestión ambiental supone un conjunto de actos normativos
y materiales que buscan una ordenación del ambiente, que van desde la
formulación de la política ambiental hasta la realización de acciones
materiales que garanticen el propósito general.
Internacionalmente México ha
sobresalido en cuanto a los principios del Derecho Internacional y los
compromisos adquiridos en materia ambiental dentro del marco de respeto a la
soberanía nacional siendo lo más beneficiado los recursos naturales y el medio
ambiente.
Derecho Ambiental. El conjunto de
normas internacionales que regulan solamente un aspecto de los problemas
humanos con el medio ambiente, que es el aspecto de la contaminación en las
diferentes zonas o áreas de espacio con las que el ser humano tiene contacto o
en las que tiene interés actual o potencial.
Economía
La crisis ambiental es la relación
entre economía y ecología, entendiendo y relacionando estos dos conceptos, se
puede dar solución a los problemas ecológicos que se viven hoy en día. La Conferencia
de Río decidió integrar estos términos en uno que intentaba resolver los
posibles conflictos instaurando el "desarrollo sostenible".
Este movimiento pretende
armonizar el crecimiento económico con la salud ambiental y la estabilidad
ecológica en forma permanente así como encontrar la forma de lograrlo y, más
allá, establecerlo, institucionalizarlo. Nadie ha encontrado aún esa forma de
convivencia o de crecimiento económico o de manejo de recursos naturales. En
una visión de largo plazo, la economía y la ecología van necesariamente de la
mano. A corto plazo hay acciones pro-sostenibilidad
que son económicamente convenientes. Para la transición a la sostenibilidad,
hay que aprovechar estas y transformar radicalmente (de raíz) el resto.
Es importante que el proceso
primario de producción quede esencialmente igual, pero haciéndolo más eficiente
y modificando partes secundarias para disminuir la contaminación y los insumos.
De lo anterior, es relativamente fácil y barato aplicar el concepto de
producción más limpia a un proceso industrial, al mismo tiempo que mejoramos la
economía de la empresa.
Cultural
Constitucionalmente se estipula
que todos los Mexicanos tenemos el derecho a la educación, asi como a un lugar
digno para vivir, partiendo de estos derechos se debe de estudiar los elementos
naturales y la preservación y restauración de los equilibrios ecológicos para
poder tomar acciones legales o de responsabilidad, y hacer conciencia de la
necesidad de un aprovechamiento racional de los recursos naturales
contribuyendo así a la protección del medio ambiente.
La Ley General del Equilibrio
Ecológico y la Protección del Ambiente (LGEEPA) cita que se debe contribuir a
que la educación se constituya como un medio para elevar la conciencia
ecológica de la población, consolidando esquemas de comunicación que fomenten
la iniciativa comunitaria. También se debe promover la incorporación de
contenidos ecológicos en los diversos ciclos educativos, especialmente en el
nivel básico, así como la formación cultural de la niñez y la juventud. Debe
motivarse a que se desarrollen planes y programas para la formación de
especialistas en la materia en todo el territorio nacional y para la
investigación de las causas y efectos de los fenómenos ambientales. Se debe
fomentar investigaciones científicas y promoción de programas que permitan
abatir la contaminación, propiciar el aprovechamiento racional de los recursos
y proteger los ecosistemas. Se deben plantear la posibilidad de establecer
convenios para la realización de estudios e investigaciones en las áreas relacionadas
con la protección ambiental y el necesario impulso al fortalecimiento de la
conciencia ecológica (LGEEPA, 1988).
Todas las leyes y reformas
incitan a un desarrollo sustentable, pero más que eso, a un uso consiente de los
recursos naturales, y no es por pensar en futuras generaciones, sino pensando
en los cambios climáticos y demás que ya estamos viviendo.