viernes, 15 de abril de 2016

Actividad 11 "Medio ambiente (China, Corea del Norte, Corea del Sur, Taiwan, India, Japón, Italia, Alemania, Rusia, Polonia, España, E.U.A, Brasil, Argentina, Colombia, México)"


MEDIO AMBIENTE

El medio ambiente es el conjunto de componentes físicos, químicos, biológicos, las personas o de la sociedad en su conjunto.Comprende el conjunto de valores naturales, sociales y culturales existentes en un lugar y en un momento determinado, que influyen en la vida del ser humano y en las generaciones futuras. Es decir, no se trata sólo del espacio en el que se desarrolla la vida, sino que también comprende seres vivos, objetos, agua, suelo y aire y las relaciones entre ellos, así como elementos tan intangibles como la cultura















jueves, 31 de marzo de 2016

Actividad 10 "Gestion Territorial"


Activida 9 "Protocolo de Kyoto"



2do Departamental

Actividad 1

"Protocolo de Kyoto"

El Protocolo de Kioto fue redactado en Kyoto, el dia 11 de Diciembre de 1997 con la intención de involucrar a la mayoría de los países en el compromiso de disminuir las emisiones de gases de efecto invernadero los cuales son:
·         Dióxido de Carbono (CO2)
·         Metano (CH4)
·         Óxido Nitroso (N2O)
·         Hidrofluorocarbonos (HFC)
·         Perfluorocarbonos (PFC)
·         Hexafluoruro de azufre (SF6)
Estos gases serán vigilados en algunos sectores como lo son:
Energía
Quema de combustible
Industrias de energía
Industria manufacturera y construcción
Transporte
Otros sectores
Otros
Emisiones fugitivas de combustibles
Combustibles sólidos
Petróleo y gas natural
Procesos industriales
Productos minerales
Industria química
Producción de metales
Otra producción
Producción de halocarbonos y hexafluoruro de azufre
Consumo de halocarbonos y hexafluoruro de azufre
Otros
Utilización de disolventes y otros productos
Agricultura
Fermentación entérica
Aprovechamiento del estiércol
Cultivo del arroz
Suelos agrícolas
Quema prescrita de sabanas
Quema en el campo de residuos agrícolas
Otros
Desechos
Eliminación de desechos sólidos en la tierra
Tratamiento de las aguas residuales
Incineración de desechos
Otros

Los países que participan:



·         Alemania
·         Australia
·         Austria
·         Bélgica
·         Bulgaria*
·         Canadá
·         Comunidad Europea
·         Croacia*
·         Dinamarca
·         Eslovaquia*
·         Eslovenia*
·         España
·         Estados Unidos de América
·         Estonia*
·         Federación de Rusia*
·         Finlandia
·         Francia
·         Grecia
·         Hungría*
·         Irlanda
·         Islandia
·         Italia
·         Japón
·         Letonia*
·         Liechtenstein
·         Lituania*
·         Luxemburgo
·         Mónaco
·         Noruega
·         Nueva Zelandia
·         Países Bajos
·         Polonia*
·         Portugal
·         Reino Unido de Gran Bretaña e
·         Irlanda del Norte
·         República Checa*
·         Rumania*
·         Suecia
·         Suiza
·         Ucrania*





En este acuerdo, cada uno de los miembros se compromete a reducir sus emisiones en no menos de 5% al de 1990, en un periodo comprendido entre 2008 y el 2012. Todas estas emisiones serán las que no aparezcan en el protocolo de Montreal.
Cada una de las partes deberá de presentar un avance en el 2005 para evaluar los compromisos y definir así posibles modificaciones y/o observaciones a los trabajos que realiza cada país.
En este compromiso además está incluido el respaldar, así como investigación, promoción, desarrollo y aumento del uso de formas nuevas y renovables de energía, de tecnologías de secuestro del dióxido de carbono y de tecnologías avanzadas y novedosas que sean ecológicamente racionales.
Un aspecto importante es que se preocupa totalmente de los deshechos y del procedimiento y proceso para su reintegración al círculo de consumo. Para los hechos de una contaminación debido a deforestación cambio de uso de suelo y demás actividades que son requeridas para cubrir las necesidades humanas o que sea un daño irreparable y por tal motivo aporte más gases de efecto invernadero, el caso deberá de someterse ante la mesa de consejo.
Paralelo a esto se busca la reducción progresiva o eliminación gradual de las deficiencias del mercado, los incentivos fiscales, las exenciones tributarias y arancelarias y las subvenciones que sean contrarios al objetivo de la Convención en todos los sectores emisores de gases de efecto invernadero y aplicación de instrumentos de mercado.

Este protocolo busca reducir los niveles de gases contaminantes así como que entre los países miembros se ayuden a lograr este propósito, así como los participantes sean ejemplo para aquellos que no tienen educación ni política ambiental.

lunes, 29 de febrero de 2016

Actividad 8 "Marco legal de Mexico ante la Ecología"


Diversos gobiernos han empezado a preocuparse por esta problemática mundial, actuando en conjunto y tratando de poner orden ecológico.  Menciono algunos de los más importantes, y donde México participa.
-Protocolo de Kyoto .
-Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres.
-Convenio para la protección del Medio Marino de la Región del Gran Caribe y el Protocolo de
-Acuerdo sobre Cooperación para la protección y Mejoramiento del Medio Ambiente en la Zona Metropolitana de la Ciudad de México. (MEX-EUA)
-Convenio marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático.
-Convenio sobre la Diversidad Biológica.
-Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas. (MEX-VEN)
¿Quieres conocer acerca de las leyes en México? A continuación, articulo introductivo y transcrito de ellas.
ARTÍCULO 1o.- La presente Ley es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como a la protección al ambiente, en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción. Sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto propiciar el desarrollo sustentable y establecer las bases para:
I.- Garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente adecuado para su desarrollo,
salud y bienestar;
II.- Definir los principios de la política ambiental y los instrumentos para su aplicación;
III.- La preservación, la restauración y el mejoramiento del ambiente;
IV.- La preservación y protección de la biodiversidad, así como el establecimiento y administración de las áreas naturales protegidas;
V.- El aprovechamiento sustentable, la preservación y, en su caso, la restauración del suelo, el agua y los demás recursos naturales, de manera que sean compatibles la obtención de beneficios económicos y las actividades de la sociedad con la preservación de los ecosistemas;
VI.- La prevención y el control de la contaminación del aire, agua y suelo;
VII.- Garantizar la participación corresponsable de las personas, en forma individual o colectiva, en la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente;
VIII.- El ejercicio de las atribuciones que en materia ambiental corresponde a la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, bajo el principio de concurrencia previsto en el artículo 73 fracción XXIX – G de la Constitución;
IX.- El establecimiento de los mecanismos de coordinación, inducción y concertación entre autoridades, entre éstas y los sectores social y privado, así como con personas y grupos sociales, en materia ambiental, y
X.- El establecimiento de medidas de control y de seguridad para garantizar el cumplimiento y la aplicación de esta Ley y de las disposiciones que de ella se deriven, así como para la imposición de las sanciones administrativas y penales que correspondan. En todo lo no previsto en la presente Ley, se aplicarán las disposiciones contenidas en otras leyesrelacionadas con las materias que regula este ordenamiento.
"Marco jurídico y normativo de la gestión ambiental"

Actividad 7 "Avances de México, ante la Ecologia ( legal, economico y cultural) "

Actividad 7 
 "Avances de México, ante la Ecologia ( legal, económico y cultural) "
A través de los años, poco a poco nos hemos dado cuenta que hay temas que se han convertido en un escaso tiempo en un bum cultural, económico y legal, por ejemplo el término “Ecología” y todo lo que conlleva, ciertamente desde hace 45 años en México se ha ido creando un espacio para este tema, se ha querido hacer conciencia social, teniendo muy pocos resultados en un principio era tener a personas a nivel licenciatura estudiando “Ecología” después fue educar a los niños respecto a este tema, ver las consecuencias de llevar esta vida tan acelerada, y crear las leyes adecuadas para frenar este desgaste que generación tras generación va creciendo.
La Sociedad Científica Mexicana de Ecología se fundó en 2005 con 196 miembros y cuenta hoy con alrededor de mil. Hay ecólogos que han sido secretarias de estado, subsecretarios y directores de organismos federales desconcentrados. Pero la moneda tiene otra cara: en el país persiste un contexto de deterioro ambiental, con tasas de deforestación cercanas al 1% anual, y tasas de degradación casi imposibles de medir, pero documentadas anecdóticamente como prevalentes en mucho del territorio. Incluso en términos de las tan llevadas y traídas publicaciones internacionales, el estallido numérico que se tuvo las dos décadas pasadas parece haberse estabilizado, como se muestra en esta figura con datos del Web of Science donde realicé una búsqueda de artículos en revistas internacionales en los temas "biodiversity" y "ecology" publicados por investigadores que ponen a México como su país. Incluso usando estos dos temas como un mero índice que subestima probablemente el total de artículos publicados, pareciera evidente que se ha alcanzado un estado estacionario.
Legal
Resultado de la reacción humana y social ante la problemática ambiental, se construyó una disciplina a la que se le ha denominado Derecho Ambiental, Derecho del Ambiente, Derecho Ecológico y Derecho del Entorno, que son las voces más comunes para nombrar al ordenamiento jurídico ambiental. Cuyo objeto del es regular las conductas humanas y fenómenos para perpetuar la vida y asegurar la continuidad de los procesos naturales. Aunque es demasiado joven, no tardará mucho en alcanzar su autonomía plena  puesto que constituye la expresión jurídico-formal moderna de un hecho tan antiguo como la propia aparición del hombre sobre la tierra, las relaciones hombre-sociedad-naturaleza, en las que no es posible concebir una existencia humana al margen de la naturaleza, o en eterno conflicto con ella.
Derecho Ambiental. El conjunto de normas internacionales que regulan solamente un aspecto de los problemas humanos con el medio ambiente, que es el aspecto de la contaminación en las diferentes zonas o áreas de espacio con las que el ser humano tiene contacto o en las que tiene interés actual o potencial.
Es necesario orientar las conductas individuales y sociales para evitar, en lo posible, las perturbaciones al medio ambiente que van en contra de la lógica ecológica-natural. La protección del ambiente ha sido precisada como el conjunto de medidas de toda índole para la preservación de los bienes ambientales, o en su caso, el restablecimiento del orden ecológico violado a consecuencia de una agresión al mismo.
En la actualidad el Derecho Ecológico “cae sustancialmente dentro del Derecho Administrativo” que al mismo tiempo es una rama del Derecho Público
Este Derecho Ecológico, constituyen una nueva rama jurídica que ha tenido un significado muy especial: la consagración de las normas jurídicas, reglas e instituciones para la conservación del medio natural y el establecimiento de nuevas relaciones sociedad-naturaleza.
Dentro de la división clásica entre Derecho Público y Derecho Privado, el Derecho Ambiental se ubica en el primero, aunque pueden converger disposiciones de otra naturaleza en razón de su propio objetivo. Así, la legislación privada no queda excluida tanto en lo que hace a relaciones de vecindad de suma trascendencia en la materia, como a la posible reclamación de compensaciones y reparaciones en caso de daños producidos al entorno.
Los componentes principales de la gestión ambiental son: la política, el derecho y la administración ambiental. En consecuencia no sólo comprenden acciones materiales para la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente, sino también una adecuada planeación, regulación y organización de toda la materia ambiental, esto es, la gestión ambiental supone un conjunto de actos normativos y materiales que buscan una ordenación del ambiente, que van desde la formulación de la política ambiental hasta la realización de acciones materiales que garanticen el propósito general.
Internacionalmente México ha sobresalido en cuanto a los principios del Derecho Internacional y los compromisos adquiridos en materia ambiental dentro del marco de respeto a la soberanía nacional siendo lo más beneficiado los recursos naturales y el medio ambiente.
Derecho Ambiental. El conjunto de normas internacionales que regulan solamente un aspecto de los problemas humanos con el medio ambiente, que es el aspecto de la contaminación en las diferentes zonas o áreas de espacio con las que el ser humano tiene contacto o en las que tiene interés actual o potencial.
Economía
La crisis ambiental es la relación entre economía y ecología, entendiendo y relacionando estos dos conceptos, se puede dar solución a los problemas ecológicos que se viven hoy en día. La Conferencia de Río decidió integrar estos términos en uno que intentaba resolver los posibles conflictos instaurando el "desarrollo sostenible".
Este movimiento pretende armonizar el crecimiento económico con la salud ambiental y la estabilidad ecológica en forma permanente así como encontrar la forma de lograrlo y, más allá, establecerlo, institucionalizarlo. Nadie ha encontrado aún esa forma de convivencia o de crecimiento económico o de manejo de recursos naturales. En una visión de largo plazo, la economía y la ecología van necesariamente de la mano. A  corto plazo hay acciones pro-sostenibilidad que son económicamente convenientes. Para la transición a la sostenibilidad, hay que aprovechar estas y transformar radicalmente (de raíz) el resto.
Es importante que el proceso primario de producción quede esencialmente igual, pero haciéndolo más eficiente y modificando partes secundarias para disminuir la contaminación y los insumos. De lo anterior, es relativamente fácil y barato aplicar el concepto de producción más limpia a un proceso industrial, al mismo tiempo que mejoramos la economía de la empresa.

Cultural
Constitucionalmente se estipula que todos los Mexicanos tenemos el derecho a la educación, asi como a un lugar digno para vivir, partiendo de estos derechos se debe de estudiar los elementos naturales y la preservación y restauración de los equilibrios ecológicos para poder tomar acciones legales o de responsabilidad, y hacer conciencia de la necesidad de un aprovechamiento racional de los recursos naturales contribuyendo así a la protección del medio ambiente.
La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección del Ambiente (LGEEPA) cita que se debe contribuir a que la educación se constituya como un medio para elevar la conciencia ecológica de la población, consolidando esquemas de comunicación que fomenten la iniciativa comunitaria. También se debe promover la incorporación de contenidos ecológicos en los diversos ciclos educativos, especialmente en el nivel básico, así como la formación cultural de la niñez y la juventud. Debe motivarse a que se desarrollen planes y programas para la formación de especialistas en la materia en todo el territorio nacional y para la investigación de las causas y efectos de los fenómenos ambientales. Se debe fomentar investigaciones científicas y promoción de programas que permitan abatir la contaminación, propiciar el aprovechamiento racional de los recursos y proteger los ecosistemas. Se deben plantear la posibilidad de establecer convenios para la realización de estudios e investigaciones en las áreas relacionadas con la protección ambiental y el necesario impulso al fortalecimiento de la conciencia ecológica (LGEEPA, 1988).
Todas las leyes y reformas incitan a un desarrollo sustentable, pero más que eso, a un uso consiente de los recursos naturales, y no es por pensar en futuras generaciones, sino pensando en los cambios climáticos y demás que ya estamos viviendo.


domingo, 28 de febrero de 2016

Actividad 6 "Ecosistemas en México"


Actividad 5 "Conceptos de Ecosistema"

" Conceptos de Ecosistema"
        (1935) Un sistema completo, compuesto por organismos y el complejo total de factores físicos         que forman el ambiente que les rodea, y añadía claramente: "Estos ecosistemas constituyen las         unidades básicas de la Naturaleza... y  pueden considerarse una de las categorías de sistemas             físicos del Universo que van desde el mismo Universo hasta el átomo".
      Sir Arthur Tansley (1871-1955)
        "El conjunto de componentes físicos y biológicos de un entorno."
       Roy Clapham  (1930)
    “Toda unidad que incluye todos los organismos (es decir: la "comunidad") en una zona determinada interactuando con el entorno físico así como un flujo de energía que conduzca a una estructura trófica claramente definida, diversidad biótica y ciclos de materiales (es decir, un intercambio de materiales entre la vida y las partes no vivas) dentro del sistema es un ecosistema”
Eugene Odum
     “Los ecosistemas son comunidades de organismos cuyas interacciones internas entre ellos determinan el comportamiento del ecosistema mas que los eventos biológicos externos.
Holling
      “Mayor escala en la cual una entidad es automantenible, se refiere principalmente a los  procesos y funciones.
Vogt y colaboradores
       "El ecosistema incluye seis atributos: estructura (componentes físicos), función (flujos de materia y energía), complejidad, interacción e interdependencia, dimensión espacial y cambio temporal”
Kimmins (1987)
    "Los ecosistemas están estructuralmente organizadas como redes tróficas”,
McNaughton y colaboradores
     

Resultado de imagen para ecosistemas
Mi  definición de Ecosistema:
    Es un sistema completo, estructuralmente organizados  en donde existe una interacción entre el entorno físico, intercambio de energía, diversidad biológica y un intercambio de materiales entre la parte viva y partes no vivas. Constituyendo las unidades básicas de la naturaleza.

     
  

viernes, 19 de febrero de 2016

Actividad 3: Linea del Tiempo "Ecología"


Actividad 2: Recursos Naturales. (Cuadro sinóptico)


Actividad 1: Definiciones de Ecología

Tarea 1
Actividad 1
Definiciones de Ecología

¿Qué es Ecología?

“Es la ciencia de las relaciones del organismo con el medio ambiente, incluidas, en sentido amplio, todas las condiciones de existencia”
Ernest Haeckel (1869)

 "Historia natural científica."
Elton (1927)

 "Estructura y función de la naturaleza."
Odum (1963)

 Habla de la ecología como "biología de ecosistemas"
Margalef (1981)

 "Estudio de la distribución y abundancia de los organismos."
Andrewartha (1961)

Define a la ecología como el estudio de la estructura y función de la naturaleza, lo que resulta vago y generalizante pero puede asimilarse a la definición propuesta entendiendo "naturaleza" como el nivel integrador de lo viviente con lo no viviente que aquí se denomina Biósfera.
Clarke (Márquez, 1987) 


"Estudio de las interrelaciones que determinan y regulan la distribución y abundancia de los organismos."
Krebs (1972)

"Pasa a considerar la ecología como una de las tres divisiones naturales de la biología: fisiología, morfología y ecología"
Burdon-Sanderson


                                    Mi definición

Ecología es una ciencia que se dedica a estudiar la distribución y número de población, los cuales dependen estrictamente de la interacción entre los seres vivos, asi como ese conjunto como se relaciona con el medio ambiente, en el cual se desarrollan.